PIAS FWU OVB sentencia Audiencia Provincial de Madrid

La quiebra de FWU Life Insurance Lux S.A. ha generado una profunda incertidumbre entre miles de familias españolas afectadas por los PIAS de FWU comercializados por OVB, contratados como instrumento de ahorro a largo plazo a través de este intermediario. En este contexto, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 25 de septiembre de 2024, obtenida por nuestro despacho, Gavín & Linares, constituye un pronunciamiento de especial relevancia jurídica, al declarar la nulidad de tres contratos de PIAS por vicio en el consentimiento y condenar a OVB a la restitución íntegra de las aportaciones realizadas, con sus intereses legales.

Esta resolución se consolida como un referente judicial de primer orden para los afectados por la comercialización de este tipo de productos.


Es posible reclamar los PIAS de FWU comercializados por OVB mediante una acción de nulidad por vicio en el consentimiento, cuando se acredita la falta de información adecuada y la ausencia de una correcta evaluación del perfil del cliente. La jurisprudencia del Tribunal Supremo atribuye la responsabilidad por la mala comercialización de productos financieros complejos a la entidad intermediaria, con independencia de la situación posterior de la aseguradora.


Sentencia sobre PIAS FWU OVB de la Audiencia Provincial de Madrid (25/09/2024)

La Audiencia Provincial analiza la contratación de tres PIAS intermediados por OVB —uno emitido por FWU y dos por Liberty/Generali— suscritos por una clienta cuyo objetivo era canalizar su ahorro hacia un producto seguro y estable, sin asumir riesgos propios de productos financieros complejos.

El tribunal concluye que, durante el proceso de comercialización, no se proporcionó a la cliente una información clara, suficiente y comprensible sobre aspectos esenciales del producto, entre ellos:

  • Su verdadera naturaleza financiera, más allá de su formal apariencia aseguradora.

  • El grado de complejidad y el funcionamiento real del producto.

  • Los riesgos de pérdida de capital, incluso en escenarios razonablemente previsibles.

  • La ausencia de garantías efectivas sobre la recuperación del ahorro invertido.

A la vista de estas omisiones, la Audiencia Provincial declara que el consentimiento prestado por la cliente estuvo viciado, al haber contratado sobre la base de una información incompleta y sesgada, incompatible con las exigencias de transparencia y lealtad que rigen la comercialización de productos financieros complejos.

Como consecuencia, se declara la nulidad radical de los contratos, con el efecto restitutorio propio de esta acción: la devolución íntegra de las aportaciones realizadas, incrementadas con los intereses legales, situando a la clienta en la posición patrimonial en la que se encontraría de no haber contratado los PIAS.


Por qué la quiebra de FWU es jurídicamente relevante (aunque no sea la base de la reclamación)

Con posterioridad a la contratación —y a la propia sentencia— FWU Life Insurance Lux S.A. ha entrado en liquidación judicial en Luxemburgo, en un procedimiento concursal que afecta a decenas de miles de asegurados en España.

Desde un punto de vista jurídico, esta circunstancia no constituye el fundamento de la responsabilidad declarada, pero sí resulta relevante como elemento confirmatorio de la materialización de un riesgo del que no se había advertido.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo viene reiterando que, en materia de productos financieros complejos, el incumplimiento del deber de información debe analizarse atendiendo a si el cliente pudo comprender efectivamente los riesgos asumidos y sus consecuencias económicas reales, y no desde una perspectiva meramente formal [enlace externo sugerido: CENDOJ / jurisprudencia TS].

La quiebra de FWU evidencia que dichos riesgos no eran teóricos ni remotos, reforzando la conclusión de que, de haber sido correctamente advertida de escenarios como el actual, la clienta no habría contratado el producto o lo habría hecho en condiciones sustancialmente distintas, lo que confirma la existencia del vicio en el consentimiento.


Qué pueden hacer los afectados por PIAS FWU OVB

La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid demuestra que es jurídicamente viable obtener la nulidad de los PIAS FWU OVB cuando concurren circunstancias como:

  • Falta de transparencia en la información precontractual.

  • Inexistencia o deficiente realización de los test de idoneidad o adecuación.

  • Omisión de riesgos esenciales, en particular la posibilidad de pérdida del capital invertido.

No se trata de un supuesto aislado, sino de un patrón de comercialización que afecta a miles de clientes en todo el territorio nacional.

La eventual insolvencia de la aseguradora no excluye ni atenúa la responsabilidad del intermediario financiero que incumplió sus deberes legales de información, diligencia y correcta evaluación del perfil del cliente.

El enfoque de Gavín & Linares en los casos de PIAS

En Gavín & Linares dirigimos actualmente cientos de procedimientos judiciales contra OVB y otras entidades intermediarias en la comercialización de PIAS de FWU y productos de características similares. Nuestra estrategia jurídica se fundamenta en la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 25 de septiembre de 2024, así como en la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo que atribuye la responsabilidad por la incorrecta comercialización de productos financieros complejos a la entidad intermediaria, cuando esta incumple sus deberes de información, diligencia y evaluación del perfil del cliente, criterio afirmado de forma constante desde los conocidos pronunciamientos dictados en el caso Lehman Brothers.

El despacho canaliza su actuación a través de la Plataforma para Afectados por PIAS, impulsada por el propio despacho, con el objetivo de centralizar información, unificar criterios jurídicos y ofrecer a los clientes una estrategia procesal clara, coherente y técnicamente sólida [enlace interno sugerido: página PIAS / FWU].

Las personas afectadas pueden contactar directamente con nuestro equipo a través de la web de Gavín & Linares o mediante la Plataforma para Afectados por PIAS , donde se ofrece un estudio gratuito del caso y una propuesta de reclamación adaptada a la situación concreta de cada cliente. El objetivo es facilitar que el mayor número posible de perjudicados pueda recuperar su ahorro, con el menor riesgo económico posible y con el respaldo de un equipo especializado en litigación bancaria y financiera.

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