Cuidado con la información confusa sobre FWU
En las últimas semanas están circulando artículos y comunicaciones en distintas plataformas que están generando confusión entre los afectados por FWU Life Insurance Lux S.A., especialmente en relación con el formulario remitido por el liquidador concursal y la reclamación FWU OVB, es decir, la posibilidad de reclamar posteriormente contra OVB.
Esta confusión no es nueva. De hecho, ya la vivimos tras la quiebra de Lehman Brothers, y conviene recordarlo para no repetir errores.
El reconocimiento del crédito en el concurso de FWU
La cantidad que reconoce el liquidador concursal de FWU no es una oferta negociable, ni una propuesta que pueda aceptarse o rechazarse sin consecuencias. Es el valor de la póliza y la cuantía a la que el asegurado puede optar dentro del procedimiento concursal de FWU.
Discutir esa cifra no es una simple manifestación de disconformidad. Supone, en la práctica, personarse en el concurso de acreedores en Luxemburgo con abogado y procurador, y asumir los costes y la complejidad de un procedimiento extranjero. Además, si no se acepta el crédito, el afectado no es tenido en cuenta en la liquidación.
Esta situación es muy similar a la que se produjo en su día con Lehman Brothers:
los afectados debían comunicar y aceptar su crédito en el concurso si querían tener derecho a cobrar, con independencia de que posteriormente reclamaran a la entidad que les había comercializado el producto.
Reclamación FWU OVB: dos responsabilidades distintas, dos vías distintas
Uno de los errores más graves de la información que se está difundiendo es mezclar el concurso de FWU con la reclamación contra OVB.
Esto ya ocurrió también con Lehman Brothers, cuando se intentó hacer creer a muchos afectados que aceptar el crédito en el concurso suponía renunciar a reclamar al banco o intermediario que había vendido el producto. Aquella afirmación era errónea entonces, y lo es ahora.
-
El concurso de FWU tiene por objeto la liquidación de la aseguradora.
-
La demanda contra OVB se basa en la comercialización del producto, en la falta de información y de transparencia, y constituye el núcleo de la reclamación FWU OVB que se tramita ante los tribunales españoles.
Conviene recordar que la CNMV viene advirtiendo desde hace años sobre los riesgos de los productos financieros complejos y sobre la especial obligación de las entidades comercializadoras de informar de forma clara, comprensible y adecuada a los clientes minoristas.
Aceptar el crédito en el concurso no implica renuncia alguna ni limita la reclamación frente a OVB.
¿Qué ocurre si se cobra del concurso y después se gana la demanda?
La respuesta también es conocida y se aplicó en su día en los casos de Lehman:
-
Si el afectado cobra alguna cantidad del concurso antes de que exista sentencia firme contra OVB, esa cantidad se descuenta de lo que OVB deba restituir en caso de condena.
-
Si la sentencia es firme antes de que se cobre del concurso, será OVB quien se subrogue en la posición del afectado frente a FWU.
En ninguno de los dos escenarios se pierde el derecho a la restitución íntegra de las aportaciones.
Un mensaje de prudencia (y de memoria)
La experiencia con Lehman Brothers debería habernos enseñado algo:
confundir el concurso del emisor con la responsabilidad del comercializador solo perjudica al afectado.
Aceptar el crédito reconocido por el liquidador de FWU es una decisión propia del procedimiento concursal. La reclamación contra OVB es otra vía distinta, con otro fundamento jurídico y otro responsable.
Mezclar ambos planos, o presentar como inocua la no aceptación del crédito, genera una alarma innecesaria y puede llevar a decisiones equivocadas.


Gavín & Linares