Primera sentencia contra OVB tras la quiebra de FWU

Gavín & Linares obtiene la primera sentencia favorable contra OVB tras la quiebra de FWU. Un juzgado de Madrid ha declarado la nulidad de dos PIAS de FWU comercializados por OVB y condena a la entidad a devolver a nuestra cliente 43.984,32 euros, más intereses legales y costas.

La resolución supone un importante precedente para los miles de afectados por FWU que contrataron sus productos a través de OVB y que, tras la quiebra de la aseguradora, se encuentran pendientes de recuperar sus inversiones.

Además, la sentencia sigue el criterio de la Audiencia Provincial de Madrid de 25 de septiembre de 2024, que ya estimó íntegramente una demanda dirigida por nuestro despacho contra OVB por la comercialización de productos unit linked. Esa resolución quedó firme en junio de 2026, después de que el Tribunal Supremo inadmitiera el recurso de casación de OVB y declarara expresamente su firmeza.

OVB deberá devolver 43.984,32 euros, más intereses y costas

La nueva sentencia estima íntegramente la demanda interpuesta contra OVB Allfinanz España, S.A. y declara la nulidad de dos contratos de FWU contratados en junio de 2017.

En concreto, condena a OVB a devolver 16.984,32 euros correspondientes a un FWU Life Select Plus y otros 27.000 euros de un FWU Life Select PIAS. En total, 43.984,32 euros, más los intereses legales correspondientes. OVB es condenada también al pago de las costas de primera instancia.

La sentencia todavía no es firme y puede ser recurrida por OVB ante la Audiencia Provincial de Madrid.

El Juzgado rechaza que OVB fuera un simple intermediario

Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es que rechaza la defensa de OVB basada en que la entidad se limitaba a actuar como mediadora y que los contratos habían sido suscritos directamente con FWU.

El Juzgado considera acreditado que existió una verdadera relación de asesoramiento entre OVB y la cliente. La propia documentación de OVB contemplaba el análisis de las necesidades y objetivos del cliente, su perfil inversor y la recomendación de determinadas soluciones.

Fue OVB quien ofreció los productos, explicó sus características y recomendó su contratación, mientras que la cliente no mantuvo relación con la aseguradora emisora.

Esta cuestión es especialmente importante porque el Juzgado vuelve a rechazar que OVB pueda ampararse en su condición de mera intermediaria y reconoce su responsabilidad por la forma en que asesoró y comercializó estos productos, siguiendo el criterio de la Audiencia Provincial de Madrid en la sentencia obtenida anteriormente por Gavín & Linares, que ya es firme.

El problema no es la quiebra de FWU, sino cómo se comercializaron sus productos

La sentencia contiene una consideración especialmente relevante para los afectados por la quiebra de FWU.

El Juzgado deja claro que no se está responsabilizando a OVB de la quiebra de FWU, sino de las deficiencias existentes en el momento en que asesoró a la cliente y comercializó los productos.

En palabras de la propia resolución:

“No se trata de imputar a la demandada la responsabilidad de la quiebra del emisor, sino el déficit informativo al contratar el producto”.

El Juzgado añade que resultaba esencial informar adecuadamente, entre otros, sobre el riesgo de crédito y el riesgo del emisor, precisamente el riesgo que posteriormente se ha materializado con la insolvencia de FWU.

Falta de información sobre los riesgos y los costes de los PIAS de FWU

La sentencia considera que la información facilitada a la cliente no fue suficiente para que pudiera conocer la verdadera naturaleza y riesgos de los productos que estaba contratando.

Entre otras cuestiones, el Juzgado destaca que no se realizaron las preguntas adecuadas para conocer correctamente sus objetivos y poder ofrecerle un asesoramiento acorde con su perfil.

También analiza la importante incidencia de comisiones y gastos durante los primeros años del producto. La resolución señala que el comercial de OVB reconoció la existencia de comisiones, pero no pudo concretar su importe y tampoco explicó adecuadamente el riesgo de crédito.

Según la prueba pericial valorada en la sentencia, la estructura de costes hacía que, incluso partiendo de una rentabilidad anual optimista del 6 %, no se alcanzara una rentabilidad positiva hasta el año 12.

El Juzgado concluye que se ofrecieron productos complejos y de elevado riesgo a una cliente de perfil conservador, sin proporcionarle información suficiente para comprender los riesgos reales que asumía.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid contra OVB ya es firme

Esta nueva resolución cobra especial relevancia porque sigue el criterio de la Sentencia 319/2024 de la Audiencia Provincial de Madrid, de 25 de septiembre de 2024, obtenida también por Gavín & Linares.

En aquel procedimiento, la Audiencia Provincial declaró nulos tres productos comercializados por OVB —dos de Liberty y un PIAS de FWU— y condenó a la entidad a devolver el capital invertido más los intereses legales.

La Audiencia consideró que OVB había incumplido sus obligaciones de diligencia, lealtad e información en el asesoramiento y calificó la información proporcionada como “absolutamente insuficiente” y “engañosa”, al no permitir a la cliente conocer la verdadera naturaleza y los riesgos de los productos contratados.

OVB recurrió ante el Tribunal Supremo. Sin embargo, en junio de 2026 el Supremo inadmitió el recurso de casación y declaró firme la sentencia de la Audiencia Provincial, con imposición de costas a OVB y pérdida del depósito.

Además, el Tribunal Supremo señaló que el reconocimiento de la legitimación pasiva de OVB realizado por la Audiencia Provincial resultaba conforme con su propia doctrina, teniendo en cuenta que se trataba de productos financieros complejos y que OVB había prestado un servicio de asesoramiento financiero.

¿Qué supone esta sentencia contra OVB tras la quiebra de FWU?

La resolución es especialmente importante porque es la primera sentencia que obtiene Gavín & Linares contra OVB después de producirse la quiebra de FWU.

Hasta ahora, una de las principales dudas de muchos afectados era si la liquidación de FWU podía impedir o dificultar una reclamación contra OVB.

Esta sentencia considera que no. De hecho, contempla expresamente la situación de la cliente dentro de la liquidación de FWU y establece un mecanismo para evitar que pueda producirse una doble recuperación: si percibe cantidades procedentes de la liquidación, deberán tenerse en cuenta en la restitución.

Por tanto, la existencia del procedimiento de liquidación de FWU no ha impedido que el Juzgado declare la nulidad de los contratos y condene a OVB a devolver las cantidades invertidas.

Un importante precedente para los miles de afectados por FWU

En Gavín & Linares llevamos años defendiendo a clientes afectados por productos unit linked comercializados por OVB.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 2024, ahora firme, ya estableció un precedente muy relevante sobre la responsabilidad de OVB por su actuación en el asesoramiento y comercialización de estos productos.

Esta sentencia contra OVB tras la quiebra de FWU supone un paso más: aplica ese criterio cuando la insolvencia de FWU ya se ha materializado y condena a OVB a restituir las cantidades invertidas.

Aunque esta resolución todavía puede ser recurrida, consideramos que constituye un importante precedente para los miles de afectados por FWU que contrataron estos productos a través de OVB.

Cada caso debe analizarse individualmente atendiendo a las circunstancias de la contratación y a la documentación disponible.

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